Me han despedido: calcula tu indemnización, tu finiquito y tu paro a la vez

Con tu sueldo y tus fechas, calcula de una vez la indemnización por despido, el finiquito y cuánto y durante cuánto tiempo cobrarás de paro.

LaboralGratis · sin registroPor Diego Prieto LunasActualizado el 29 de octubre de 20262 min de lectura

Cuando te despiden o se acaba tu contrato, te corresponden hasta tres cosas distintas: la indemnización (según el tipo de despido), el finiquito (lo que la empresa te debe de salario, vacaciones y pagas extra) y el paro. Rellena tus datos una sola vez y te lo calculamos todo.

Si no rellenas los dos campos opcionales, calculamos el paro solo con los días de este contrato y con tu sueldo mensual como base de cotización. Si has trabajado en otras empresas en los últimos 6 años, indica el total de días cotizados (aparece en tu informe de vida laboral): puedes tener derecho a más meses de paro.

Qué te corresponde según el motivo

MotivoIndemnizaciónFiniquitoParo
Despido improcedente33 días por año (45 antes del 12-2-2012)SíSí
Despido objetivo o ERE20 días por año, hasta 12 mensualidadesSíSí
Fin de contrato temporal12 días por añoSíSí
Disciplinario procedenteNoSíSí
Baja voluntariaNoSíNo

El finiquito se cobra siempre, sea cual sea el motivo. Cada concepto se calcula igual que en nuestras calculadoras de indemnización por despido, finiquito y paro, donde se explica la fórmula paso a paso.

Lo que debes hacer después del despido

  1. Revisa la carta de despido y el finiquito antes de firmar. Puedes firmar «no conforme» y reclamar después.
  2. Pide el paro en los 15 días hábiles siguientes al último día trabajado, inscribiéndote como demandante de empleo. Si lo pides tarde, pierdes los días de retraso.
  3. Si no estás de acuerdo con el despido, tienes 20 días hábiles para presentar la papeleta de conciliación.
Importes brutos y orientativos. La indemnización por despido está exenta de IRPF hasta la cuantía que marca la ley; el finiquito tributa como salario. El paro real depende de tus bases de cotización de los últimos 180 días: confírmalo en el SEPE. Tu convenio colectivo puede mejorar estas cantidades.

Preguntas frecuentes

¿El finiquito y la indemnización son lo mismo?

No. El finiquito es lo que la empresa te debe por el trabajo ya hecho (días del último mes, vacaciones no disfrutadas y parte de las pagas extra) y se paga siempre. La indemnización compensa la pérdida del empleo y solo existe en algunos despidos y en el fin de los contratos temporales.

¿Cobrar la indemnización me quita el paro?

No. La indemnización por despido es compatible con la prestación por desempleo y no cuenta como ingreso para calcularla.

Fuentes

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