Al comprar una vivienda, los impuestos suelen suponer entre el 6 % y el 13 % del precio. Cuánto pagas depende de si es nueva o de segunda mano y de la comunidad autónoma donde está la vivienda.
Vivienda de segunda mano: ITP
Si compras a un particular pagas el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). Cada comunidad fija su tipo:
| Comunidad | Tipo general | Tipo reducido principal |
|---|---|---|
| Andalucía | 7 % | 3,5 % menores de 35 (vivienda ≤ 150.000 €) |
| Aragón | 8 % a 10 % por tramos | Bonificación del 12,5 % menores de 35 (≤ 100.000 €) |
| Asturias | 8 %, 9 % o 10 % según valor | 4 % o 6 % hasta 35 años |
| Illes Balears | 8 % a 13 % por tramos | Bonificación del 100 % menores de 30 (≤ 270.151,20 €) |
| Canarias | 6,5 % | 4 % efectivo hasta 40 años (≤ 200.000 €) |
| Cantabria | 9 % | 4 % menores de 40 |
| Castilla-La Mancha | 9 % | 6 % primera vivienda ≤ 240.000 € con hipoteca |
| Castilla y León | 8 % (10 % por encima de 250.000 €) | 4 % menores de 36 |
| Cataluña | 10 % a 13 % por tramos | 5 % hasta 35 años con renta ≤ 36.000 € |
| Extremadura | 8 % a 11 % por tramos | 4 % menores de 36 (≤ 200.000 €) |
| Galicia | 8 % | 3 % menores de 36 |
| La Rioja | 7 % | 4 % menores de 40 |
| Comunidad de Madrid | 6 % | Bonificación del 10 % (vivienda ≤ 250.000 €) |
| Región de Murcia | 7,75 % | 3 % hasta 40 años |
| Comunitat Valenciana | 9 % (11 % por encima de 1.000.000 €) | 6 % u 8 % menores de 35 |
La Comunitat Valenciana bajó el tipo general del 10 % al 9 % el 1 de junio de 2026 (Ley 5/2025).
Vivienda nueva: IVA y AJD
Si compras a un promotor la primera entrega de una vivienda pagas IVA del 10 % (4 % en vivienda de protección oficial de régimen especial) y además el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) por la escritura, entre el 0,4 % y el 1,5 % según la comunidad. En Canarias no se aplica el IVA sino el IGIC. Desde 2018 el AJD de la hipoteca lo paga el banco, no tú.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si el precio es menor que el valor de referencia?
Hacienda calculará el ITP sobre el valor de referencia del Catastro. Puedes consultarlo gratis en la Sede Electrónica del Catastro antes de firmar.
¿Cuándo hay que pagar el ITP?
En general, en el plazo de un mes desde la firma de la escritura (30 días hábiles en algunas comunidades), mediante el modelo 600 o el que establezca tu comunidad.
Fuentes oficiales
- Ministerio de Hacienda: Tributación Autonómica. Medidas 2026, capítulo del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (actualizado a 29-4-2026).
- Ley 37/1992 del IVA (BOE): tipo del 10 % en viviendas (art. 91).
Datos revisados el 19 de octubre de 2026.
Fuentes
- normativa de cada comunidad autónoma sobre ITP y AJD recogida en Tributación Autonómica. Medidas 2026 y Ley 37/1992 del IVA, art. 91
- Cifras oficiales del año: Metodología y fuentes
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