Calculadora de impuestos al comprar una vivienda en 2026 (ITP, IVA y AJD por comunidad)

Calcula el ITP de una vivienda usada o el IVA y AJD de una nueva en tu comunidad, con los tipos reducidos para jóvenes de 2026.

ImpuestosGratis · sin registroPor Diego Prieto LunasActualizado el 29 de octubre de 20263 min de lectura

Al comprar una vivienda, los impuestos suelen suponer entre el 6 % y el 13 % del precio. Cuánto pagas depende de si es nueva o de segunda mano y de la comunidad autónoma donde está la vivienda.

La base del impuesto es el mayor valor entre el precio y el valor de referencia del Catastro. Los tipos reducidos exigen además que la vivienda sea tu residencia habitual y otros requisitos (renta, patrimonio, precio máximo) que debes comprobar en la normativa de tu comunidad. La calculadora no incluye notaría, registro, gestoría ni tasación.

Vivienda de segunda mano: ITP

Si compras a un particular pagas el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). Cada comunidad fija su tipo:

ComunidadTipo generalTipo reducido principal
Andalucía7 %3,5 % menores de 35 (vivienda ≤ 150.000 €)
Aragón8 % a 10 % por tramosBonificación del 12,5 % menores de 35 (≤ 100.000 €)
Asturias8 %, 9 % o 10 % según valor4 % o 6 % hasta 35 años
Illes Balears8 % a 13 % por tramosBonificación del 100 % menores de 30 (≤ 270.151,20 €)
Canarias6,5 %4 % efectivo hasta 40 años (≤ 200.000 €)
Cantabria9 %4 % menores de 40
Castilla-La Mancha9 %6 % primera vivienda ≤ 240.000 € con hipoteca
Castilla y León8 % (10 % por encima de 250.000 €)4 % menores de 36
Cataluña10 % a 13 % por tramos5 % hasta 35 años con renta ≤ 36.000 €
Extremadura8 % a 11 % por tramos4 % menores de 36 (≤ 200.000 €)
Galicia8 %3 % menores de 36
La Rioja7 %4 % menores de 40
Comunidad de Madrid6 %Bonificación del 10 % (vivienda ≤ 250.000 €)
Región de Murcia7,75 %3 % hasta 40 años
Comunitat Valenciana9 % (11 % por encima de 1.000.000 €)6 % u 8 % menores de 35

La Comunitat Valenciana bajó el tipo general del 10 % al 9 % el 1 de junio de 2026 (Ley 5/2025).

Vivienda nueva: IVA y AJD

Si compras a un promotor la primera entrega de una vivienda pagas IVA del 10 % (4 % en vivienda de protección oficial de régimen especial) y además el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) por la escritura, entre el 0,4 % y el 1,5 % según la comunidad. En Canarias no se aplica el IVA sino el IGIC. Desde 2018 el AJD de la hipoteca lo paga el banco, no tú.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si el precio es menor que el valor de referencia?

Hacienda calculará el ITP sobre el valor de referencia del Catastro. Puedes consultarlo gratis en la Sede Electrónica del Catastro antes de firmar.

¿Cuándo hay que pagar el ITP?

En general, en el plazo de un mes desde la firma de la escritura (30 días hábiles en algunas comunidades), mediante el modelo 600 o el que establezca tu comunidad.

Fuentes oficiales

Datos revisados el 19 de octubre de 2026.

Fuentes

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