Calculadora del impuesto de sucesiones 2026 por comunidad autónoma

Calcula el impuesto de sucesiones de una herencia en tu comunidad autónoma: reducciones, tarifa y bonificaciones vigentes en 2026.

ImpuestosGratis · sin registroPor Diego Prieto LunasActualizado el 29 de octubre de 20264 min de lectura

Elige la comunidad autónoma, tu parentesco con la persona fallecida y el valor de lo que heredas. La calculadora aplica las reducciones, la tarifa y las bonificaciones vigentes en 2026 en esa comunidad.

Cálculo orientativo para un heredero cuyo patrimonio previo no supera unos 400.000 € (coeficiente multiplicador mínimo) y que no aplica reducciones por discapacidad, vivienda habitual, empresa familiar o seguros de vida, que pueden rebajar todavía más el impuesto. Las parejas de hecho se equiparan al cónyuge solo si cumplen los requisitos de cada comunidad. Las bonificaciones se pierden en algunas comunidades si no se presenta la autoliquidación en plazo.

Cómo se calcula el impuesto de sucesiones

  1. Base imponible: el valor real de los bienes que recibes menos las deudas y gastos deducibles (por ejemplo, los gastos de entierro).
  2. Reducciones: se resta una cantidad según tu parentesco. La ley estatal fija 15.956,87 € para hijos, cónyuge y padres, más 3.990,72 € por cada año que le falte a un heredero menor de 21 años (hasta 47.858,59 €), y 7.993,46 € para hermanos, sobrinos y tíos. Muchas comunidades la elevan mucho.
  3. Tarifa: a la base liquidable resultante se le aplica una escala progresiva, del 7,65 % al 34 % en la estatal.
  4. Coeficiente multiplicador: la cuota se multiplica según tu patrimonio previo y tu parentesco: 1 para hijos, cónyuge y padres, 1,5882 para hermanos y sobrinos, y 2 para parientes lejanos o extraños.
  5. Bonificación: la mayoría de comunidades bonifican el 99 % o el 100 % de la cuota a hijos, cónyuge y padres.

Los grupos de parentesco son: Grupo I, descendientes menores de 21 años; Grupo II, descendientes de 21 años o más, cónyuge y ascendientes; Grupo III, hermanos, sobrinos, tíos y parientes por afinidad (suegros, yernos, nueras, hijastros), y Grupo IV, primos, parientes más lejanos y personas sin parentesco.

El impuesto de sucesiones por comunidades en 2026

Resumen de los beneficios principales para herencias. Grupo II: hijos de 21 años o más, cónyuge y padres.

ComunidadReducción Grupo IIBonificación Grupo IIHermanos y sobrinos (Grupo III)
Andalucía1.000.000 €99 %Reducción de 10.000 €
AragónHasta 500.000 € en totalNo (99 % solo menores de 21)Normativa estatal
Asturias300.000 €No; tarifa propia desde el 21,25 %Normativa estatal, tarifa propia
Illes Balears25.000 €100 %60 % (35 % por afinidad)
CanariasEntre 18.500 y 40.400 €99,9 %99,9 %
Cantabria50.000 €100 %Hermanos: 25.000 € y 50 %
Castilla-La Mancha15.956,87 € (estatal)Del 100 % al 80 % según la baseNormativa estatal
Castilla y LeónHasta 400.000 € en total99 %Normativa estatal
Cataluña100.000 € (hijos y cónyuge)Cónyuge 99 %; hijos del 60 % al 0 % según la baseReducción de 8.000 €
Extremadura500.000 €99 %Normativa estatal
Galicia1.000.000 €No; tarifa propia del 5 % al 18 %Reducción de 25.000 €
La Rioja15.956,87 € (estatal)99 %Normativa estatal
Madrid16.000 €99 %Reducción de 8.000 € y 50 %
Región de Murcia15.956,87 € (estatal)99 %Tarifa propia
Comunitat Valenciana100.000 €99 %25 % desde el 1-6-2026 y 50 % desde el 1-6-2027 (hermanos, sobrinos y tíos)
Ceuta y Melilla15.956,87 € (estatal)99 %50 %

País Vasco y Navarra tienen su propio régimen foral, con normas distintas en cada territorio (Álava, Bizkaia, Gipuzkoa y Navarra). Esta calculadora no los incluye: consulta la hacienda foral correspondiente.

Qué comunidad se aplica

En las herencias se aplica la normativa de la comunidad autónoma donde la persona fallecida tuvo su residencia habitual durante los cinco años anteriores al fallecimiento, no la del heredero ni la de los bienes.

Plazo para pagar

El impuesto se declara en los seis meses siguientes al fallecimiento, prorrogables otros seis si se pide dentro de los cinco primeros meses. Aunque la cuota salga a cero por las bonificaciones, normalmente hay que presentar la autoliquidación.

Preguntas frecuentes

¿Se paga sucesiones por el seguro de vida?

Sí, las cantidades que cobra el beneficiario de un seguro de vida tributan en el impuesto de sucesiones, aunque tienen una reducción propia (hasta 9.195,49 € en la ley estatal para cónyuge, ascendientes y descendientes) y muchas comunidades las incluyen en sus bonificaciones.

¿Y la vivienda del fallecido?

La ley estatal reduce un 95 % el valor de la vivienda habitual del fallecido, con un límite de 122.606,47 € por heredero, si la heredan el cónyuge, descendientes o ascendientes (o un pariente colateral mayor de 65 años que conviviera con él) y la mantienen diez años. Varias comunidades mejoran esta reducción. La calculadora no la aplica.

Fuentes oficiales

Datos revisados el 19 de octubre de 2026.

Fuentes

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