Cuando una empresa te despide, hay tres conceptos que suelen confundirse: el finiquito, la indemnización y el paro. Aunque están relacionados, no significan lo mismo.
El finiquito es lo que la empresa te tiene pendiente de pagar hasta el último día de trabajo. La indemnización depende del tipo de despido y de las circunstancias. Y el paro no lo paga la empresa, sino el SEPE.
Vamos a ver cada uno por separado y qué tienes que hacer después de que termine tu relación laboral. Si prefieres calcular los tres importes de una vez, usa el simulador «Me han despedido».
1. El finiquito: lo que la empresa te debe
El finiquito sirve para dejar saldadas todas las cantidades que la empresa todavía te debe cuando termina tu contrato. Por eso, te corresponde independientemente de cómo termine la relación laboral, incluso si eres tú quien decide irse voluntariamente.
En el finiquito pueden aparecer diferentes conceptos, como:
- El salario de los días trabajados del último mes.
- Las vacaciones generadas y que no hayas disfrutado. Cuando termina el contrato, esas vacaciones pendientes se pueden pagar en dinero. Puedes calcular cuántos días te quedan con la calculadora de vacaciones y leer más en la guía sobre tus derechos sobre las vacaciones.
- La parte proporcional de las pagas extraordinarias, siempre que no las tengas prorrateadas durante el año.
- Otras cantidades que la empresa todavía tenga pendientes de pagarte, como horas extra, pluses o comisiones.
En pocas palabras, el finiquito no es una cantidad que la empresa te paga «por despedirte», sino una liquidación de todo lo que todavía te corresponde cobrar. Calcula el tuyo con la calculadora de finiquito.
2. La indemnización: depende del despido
La indemnización es diferente al finiquito. No siempre se cobra y su cantidad depende principalmente del tipo de despido.
| Tipo de despido | Indemnización | Máximo |
|---|---|---|
| Disciplinario procedente | Ninguna | — |
| Fin de contrato temporal | 12 días por año trabajado | — |
| Objetivo o colectivo (ERE) | 20 días por año trabajado | 12 mensualidades |
| Improcedente | 33 días por año trabajado | 24 mensualidades |
Para calcular la indemnización se utiliza el salario bruto anual, incluyendo las pagas extraordinarias. Ese salario se divide entre 365 para obtener el salario diario.
En determinados contratos que comenzaron antes del 12 de febrero de 2012, hay que tener en cuenta un cálculo diferente para el tiempo trabajado antes de esa fecha, utilizando 45 días por año en lugar de 33, con los límites establecidos legalmente.
Un ejemplo
Imaginemos que cobras 30.000 € brutos al año y llevas 6 años trabajando en la empresa.
Tu salario diario sería aproximadamente: 30.000 ÷ 365 = 82,19 € al día.
- Si se tratara de un despido objetivo: 20 × 6 × 82,19 = 9.863 € aproximadamente.
- En cambio, si el despido fuera declarado improcedente: 33 × 6 × 82,19 = 16.274 € aproximadamente.
Estos importes son solo un ejemplo. Para calcular una indemnización real hay que tener en cuenta las fechas exactas, el tipo de contrato y las circunstancias concretas del despido. La calculadora de indemnización por despido tiene en cuenta las fechas y el reparto por tramos de los contratos anteriores a 2012.
¿Cuándo se considera que un despido es improcedente?
Un despido puede ser declarado improcedente cuando la empresa no consigue demostrar la causa que ha alegado o cuando no cumple correctamente los requisitos establecidos para realizar el despido.
Por ejemplo, en determinados despidos es necesario que la empresa entregue una carta indicando los motivos y la fecha de efectos. En un despido objetivo también existen requisitos específicos, como el preaviso de 15 días y la puesta a disposición de la indemnización correspondiente (artículo 53 del Estatuto de los Trabajadores).
La improcedencia puede ser declarada por un juez, aunque también puede reconocerse mediante un acuerdo en conciliación. En algunos casos, la empresa reconoce directamente la improcedencia para evitar llegar a juicio.
3. El paro: lo paga el SEPE
El paro es diferente tanto del finiquito como de la indemnización.
Cuando te despiden, normalmente pasas a estar en situación legal de desempleo, independientemente de que el despido sea objetivo, disciplinario o improcedente.
Para poder cobrar la prestación contributiva por desempleo necesitas haber cotizado al menos 360 días durante los últimos 6 años, además de cumplir el resto de requisitos. Te lo explicamos en detalle en la guía cómo funciona el paro, y puedes calcular cuánto cobrarías con la calculadora del paro.
En cambio, si eres tú quien deja voluntariamente el trabajo, normalmente no puedes cobrar el paro inmediatamente porque una baja voluntaria no genera situación legal de desempleo.
Una cosa importante es que cobrar una indemnización por despido no reduce la cantidad de paro que te corresponde. Son conceptos diferentes.
Los plazos que debes tener en cuenta
Después de un despido hay algunos plazos que es importante no dejar pasar.
- 20 días hábiles: si no estás de acuerdo con el despido y quieres impugnarlo, tienes este plazo para presentar la correspondiente papeleta de conciliación (artículo 59 de la Ley reguladora de la jurisdicción social).
- 15 días hábiles: para solicitar la prestación por desempleo, el plazo general es de 15 días hábiles desde el día siguiente a la situación legal de desempleo. Si la solicitas fuera de plazo, puedes perder días de prestación.
Los plazos laborales pueden ser algo complicados porque no se cuentan los fines de semana y determinados festivos. Por eso, si tienes que reclamar un despido o solicitar el paro, es importante comprobar bien las fechas. La calculadora de plazos legales te dice el último día, y en la guía cómo contar plazos administrativos tienes las reglas explicadas.
Antes de firmar el finiquito
Cuando la empresa te entregue el finiquito, lo mejor es revisarlo antes de firmar.
Comprueba que las cantidades coincidan con lo que realmente te corresponde: salario pendiente, vacaciones, pagas extra, horas extra, comisiones, etc.
Si no estás seguro de que todo esté correcto o no has tenido tiempo suficiente para revisarlo, puedes escribir «no conforme» junto a tu firma.
De esta forma, dejas constancia de que has recibido el documento, pero no estás dando por buenas necesariamente todas las cantidades que aparecen en él.
También puedes pedir que esté presente un representante de los trabajadores en el momento de firmar.
Entonces, ¿qué cobro cuando me despiden?
Es más fácil entenderlo si separamos las tres cosas:
- Finiquito: lo que la empresa todavía te debe hasta el último día de trabajo.
- Indemnización: una cantidad que puedes tener derecho a recibir dependiendo del tipo de despido.
- Paro: una prestación que, si cumples los requisitos, paga el SEPE después de terminar tu relación laboral.
Por tanto, una persona puede tener derecho a recibir finiquito + indemnización + paro al mismo tiempo, ya que son conceptos diferentes.
Preguntas frecuentes
¿La indemnización por despido paga IRPF?
La indemnización por despido está exenta de IRPF hasta determinadas cantidades y dentro de los límites establecidos legalmente (artículo 7 de la Ley del IRPF). Actualmente, el límite general de exención es de 180.000 €. El finiquito es diferente y las cantidades que tengan naturaleza salarial, como el salario pendiente o las vacaciones no disfrutadas, tributan como rendimientos del trabajo.
¿Me pueden despedir estando de baja?
Sí, estar de baja no significa que la empresa no pueda despedirte. Sin embargo, no pueden despedirte por el simple hecho de estar enfermo o de baja. Desde la entrada en vigor de la Ley 15/2022, un despido motivado por una enfermedad o condición de salud puede considerarse discriminatorio y, en determinados casos, ser declarado nulo. Si el despido se declara nulo, puede existir obligación de readmitir al trabajador y abonarle los salarios que haya dejado de percibir. Si estás de baja, puedes calcular lo que cobras con la calculadora de baja laboral.
¿Qué pasa si la empresa no me paga la indemnización?
Si la empresa no te paga una cantidad que te corresponde, puedes reclamarla. El primer paso puede ser presentar una reclamación de cantidad mediante la vía de conciliación y, si no se llega a un acuerdo, acudir al juzgado de lo social. Si la empresa es insolvente y no puede hacer frente a determinadas cantidades, puede entrar en juego el FOGASA, que cubre parte de los salarios e indemnizaciones dentro de los límites establecidos (artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores).
En resumen
Que te despidan no significa simplemente que la empresa te pague una cantidad y ya está. Hay que diferenciar entre el finiquito, la indemnización y el paro.
Lo primero es comprobar que el finiquito incluye todo lo que te deben. Después, hay que comprobar si tienes derecho a una indemnización y si la cantidad calculada es correcta. Finalmente, si cumples los requisitos, puedes solicitar el paro al SEPE.
Y, sobre todo, recuerda revisar bien los documentos y los plazos. Si no estás de acuerdo con el despido, no conviene dejar pasar los 20 días hábiles para reclamar.
Fuentes
- Estatuto de los Trabajadores, arts. 49, 52, 53 y 56
- Ley 36/2011, reguladora de la jurisdicción social, art. 59 (plazo de 20 días)
- Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)
- Cifras oficiales del año: Metodología y fuentes
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