La prestación contributiva por desempleo, que normalmente llamamos simplemente «el paro», es una ayuda económica que puedes recibir cuando pierdes tu trabajo si has cotizado el tiempo suficiente.
Durante el tiempo que estás trabajando, una parte de tu nómina se destina a cotizaciones por desempleo (lo explicamos en la guía cómo entender una nómina). Si posteriormente pierdes tu empleo y cumples los requisitos, puedes utilizar esas cotizaciones para recibir una prestación.
La cantidad que cobras depende principalmente de lo que hayas cotizado y el tiempo que puedes cobrarla depende de los días que hayas trabajado y cotizado durante los últimos seis años.
¿Qué requisitos hay que cumplir?
Para poder cobrar el paro tienes que cumplir una serie de condiciones (artículo 266 de la Ley General de la Seguridad Social):
- Estar en situación legal de desempleo, por ejemplo, porque te han despedido, ha terminado tu contrato temporal o se ha producido un ERE. También puede haber otras situaciones que den derecho al paro. Si te acaban de despedir, revisa también la guía qué pasa cuando te despiden.
- Haber cotizado al menos 360 días durante los últimos 6 años, siempre que esas cotizaciones no se hayan utilizado anteriormente para cobrar otra prestación.
- Estar inscrito como demandante de empleo.
- Firmar el compromiso de actividad, que implica, entre otras cosas, buscar trabajo activamente y aceptar determinadas ofertas de empleo adecuadas.
- No haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación, salvo determinadas excepciones. Puedes consultar la tuya con la calculadora de jubilación.
Un punto importante es que dejar voluntariamente un trabajo no da derecho al paro, ya que la baja voluntaria no se considera situación legal de desempleo.
¿Cuánto dinero se cobra?
La cantidad que vas a cobrar depende de tus bases de cotización.
Para calcularla se utiliza la base reguladora, que se obtiene haciendo la media de las bases de cotización por desempleo de los últimos 180 días trabajados.
Una vez calculada la base reguladora, se aplica:
- 70 % durante los primeros 180 días de prestación.
- 60 % desde el día 181 hasta que termina el paro.
Por ejemplo, si tu base reguladora fuera de 1.800 € al mes, en principio cobrarías:
- Primeros 180 días: 1.800 × 70 % = 1.260 € brutos al mes.
- A partir del día 181: 1.800 × 60 % = 1.080 € brutos al mes.
Sin embargo, estas cantidades son orientativas porque existen límites mínimos y máximos. Estos límites dependen, entre otras cosas, del IPREM (600 € al mes en 2026) y de si tienes hijos a cargo. La calculadora del paro aplica esos límites a tu caso.
Además, del importe del paro se pueden descontar las cotizaciones a la Seguridad Social y, cuando corresponda, la retención de IRPF.
El SEPE también sigue realizando determinadas cotizaciones por ti mientras cobras la prestación, algo que es importante de cara a tu futura jubilación.
¿Cuánto tiempo puedo cobrar el paro?
La duración depende de los días que hayas cotizado durante los últimos seis años.
Con el mínimo necesario, es decir, 360 días cotizados, tienes derecho a 120 días de prestación, que son aproximadamente cuatro meses.
A medida que aumentan los días cotizados, también aumenta el tiempo durante el que puedes cobrar el paro.
El máximo son 720 días, es decir, dos años de prestación, cuando se han cotizado al menos 2.160 días dentro del periodo que se tiene en cuenta.
De forma aproximada, por cada tres días cotizados se genera un día de prestación, aunque la duración real se determina mediante los tramos establecidos legalmente (artículo 269 de la Ley General de la Seguridad Social). La tabla completa por tramos está en la calculadora del paro.
¿Cómo se solicita el paro?
Cuando termina tu contrato, tienes que realizar varios pasos.
1. Comprueba el certificado de empresa
La empresa debe enviar al SEPE el certificado de empresa, donde aparecen datos necesarios para calcular tu prestación.
Normalmente no tienes que entregarlo tú, porque la empresa lo envía directamente de forma electrónica.
2. Inscríbete como demandante de empleo
Tienes que darte de alta como demandante de empleo en el servicio público de empleo que corresponda a tu comunidad autónoma.
Este trámite es independiente de la solicitud del paro.
3. Solicita la prestación
Después tienes que solicitar el paro al SEPE, ya sea a través de su sede electrónica o solicitando atención presencial con cita previa.
El plazo general es de 15 días hábiles desde el día siguiente a la situación legal de desempleo. Calcula el último día con la calculadora de plazos legales o repasa las reglas en la guía cómo contar plazos administrativos.
Hay una excepción importante: si al terminar tu contrato tienes vacaciones pendientes que la empresa te paga en el finiquito, el plazo para solicitar el paro comienza después de que terminen esos días de vacaciones.
Si presentas la solicitud fuera de plazo, todavía puedes solicitarla, pero puedes perder los días de prestación correspondientes al retraso.
¿Puedo trabajar mientras cobro el paro?
Depende de las características del nuevo trabajo.
Si encuentras un trabajo a tiempo parcial, en determinadas circunstancias puedes compatibilizarlo con el cobro de una parte de la prestación.
Si empiezas a trabajar a jornada completa, normalmente la prestación se suspende.
Los días de paro que todavía te quedaban no desaparecen automáticamente. Pueden quedar suspendidos y, si vuelves a encontrarte en situación legal de desempleo, podrás recuperar la prestación en determinadas condiciones.
Por eso, si empiezas a trabajar mientras cobras el paro, es importante comunicarlo al SEPE para evitar problemas o cobros indebidos.
Preguntas frecuentes
¿Puedo cobrar el paro si dejo voluntariamente mi trabajo?
En general, no. Si eres tú quien decide dejar voluntariamente el trabajo, no estás en situación legal de desempleo y no puedes solicitar el paro simplemente por haber acumulado cotizaciones. Existen algunas excepciones. Por ejemplo, si la empresa incumple gravemente sus obligaciones y se produce una extinción del contrato en las condiciones previstas por el artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores, puede existir derecho a la prestación.
¿Puedo viajar al extranjero mientras cobro el paro?
Sí, pero tienes que comunicarlo al SEPE y cumplir las condiciones correspondientes. Para determinadas salidas al extranjero de corta duración, de hasta 15 días naturales al año, puedes mantener la prestación siempre que cumplas los requisitos y realices la comunicación correspondiente. Si vas a estar fuera durante más tiempo, las reglas cambian y la prestación puede llegar a suspenderse. Por eso, antes de viajar, es recomendable informar al SEPE y comprobar qué ocurre en tu caso concreto.
¿Qué pasa cuando se me acaba el paro?
Cuando terminas de cobrar la prestación contributiva, todavía puedes tener derecho a alguna otra ayuda. Dependiendo de tu situación, puedes cumplir los requisitos para solicitar un subsidio por desempleo. En este caso se tienen en cuenta diferentes factores, como tus ingresos, las cargas familiares y el tiempo que hayas cotizado. Por eso, quedarse sin prestación contributiva no significa necesariamente quedarse sin ninguna ayuda: revisa también el simulador de ayudas.
En resumen
El paro funciona principalmente en función de dos cosas: cuánto has cotizado y durante cuánto tiempo has trabajado.
Necesitas haber cotizado al menos 360 días en los últimos seis años para acceder a la prestación contributiva. La cantidad que cobras se calcula a partir de tus bases de cotización y la duración depende del número de días cotizados.
Si pierdes tu trabajo, recuerda hacer los trámites dentro de los plazos: inscribirte como demandante de empleo y solicitar la prestación al SEPE dentro de los 15 días hábiles correspondientes.
Y, sobre todo, ten en cuenta que no es lo mismo estar desempleado que tener derecho a cobrar el paro. Para recibir la prestación tienes que cumplir los requisitos establecidos y haber generado previamente ese derecho mediante tus cotizaciones.
Fuentes
- Ley General de la Seguridad Social, arts. 266, 267, 269 y 270
- Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)
- Cifras oficiales del año: Metodología y fuentes
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